lunes, 9 de febrero de 2015

Agenda política indígena de pueblos kichwas del Napo peruano


FEDERACIONES DE LA CUENCA DEL NAPO PRESENTAN SU AGENDA POLÍTICA INDÍGENA COMPARTIDA


https://www.dropbox.com/s/fubcllde3qpoi48/AGENDA%20POLITICA%20NAPURUNA.pdf?dl=0


 Con el nombre de:
“SHUK YUYAYLLA, SHUK SHUNKULLA, SHUK SHIMILLA, SHUK MAKILLA, KASNA KAWSANA”

AGENDA INDÍGENA POLÍTICA COMPARTIDA DE LOS DISTRITOS TORRES CAUSANA Y NAPO


INTRODUCCIÓN

El Perú es un país pluriétnico, pluricultural y plurilingüístico, en el que coexisten más de 65 étnias agrupadas en 17 familias lingüísticas en la costa, sierra y selva. En el caso particular de los pueblos ubicados en los distritos de Torres Causana y el Napo los últimos censos le atribuyen una población de 21,416 mil habitantes, donde más de la mitad de la población es indígena, siendo el grupo más numeroso los Kichwas del Napo (54%), le siguen los Murui Muinane (7%), los Arabelas (4%), los Maijunas con 2%, Secoya 2%.

La Federación de Comunidades Nativas del Medio Napo, Curaray y Arabela (FECONAMNCUA) y la Organización Kichwaruna Wangurina del Alto Napo (ORKIWAN), son integrantes y fundadoras de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) y representan a 64 comunidades de las etnias Kichwa y  Murui Muinane, estas comunidades se ubican geográficamente en los ríos: Napo, Curaray y Tambor Yacu en la región Loreto, quienes conservan su identidad y “buen vivir”.

Los napurunas nos reconocemos como una población abierta al cambio, pero un cambio con dignidad, con diálogo, donde se respeten nuestros derechos, como el de la Consulta Previa y la participación. Exigimos ser reconocidos como amazónicos Kichwas y Murui Muinane, que de la mano de los ribereños proponemos un desarrollo humano integral y sostenible para todos los pueblos de los distritos de Torres Causana  y Napo.

Los napurunas somos conscientes de que podemos participar y aportar de manera efectiva en el desarrollo local, regional y nacional y ser actores de nuestro propio desarrollo. Esto pasa primero por identificar nuestros problemas y nuestros objetivos de desarrollo como pueblos indígenas, sobre la base del “Napuruna Alli Kawsana” (el “Buen Vivir” de los Napurunas); para luego iniciar un trabajo con todas nuestras comunidades a partir de nuestra propia cosmovisión, identidad cultural, organización y necesidades.

Esta Agenda Indígena ha sido elaborada de manera participativa con las organizaciones indígenas, las autoridades estatales y las organizaciones civiles locales, recoge nuestras demandas, aspiraciones y propuestas sobre las que hemos reflexionado de manera conjunta desde hace más de tres años. Como resultado hemos llegado a consensos en las demandas y propuestas en relación a la seguridad jurídica y territorio, educación  bilingüe intercultural, salud intercultural, cuidado de los recursos naturales y ambiente, Consulta Previa, mujer y liderazgo organizacional.

SHUK YUYAYLLA, SHUK SHUNKULLA, SHUK SHIMILLA, SHUK MAKILLA, KASNA KAWSANA.

“Una sola idea, un solo corazón, un solo lenguaje, una sola mano para vivir bien”





 Junta Directiva de ORKIWAN

Junta Directiva de FECONAMNCUA



Enero de 2015, Santa Clotilde - Río Napo  - Loreto

II.- DEMANDAS Y PROPUESTAS DE LA AGENDA INDÍGENA POLÍTICA COMPARTIDA DE LOS DISTRITOS TORRES CAUSANA Y NAPO

 Luego de dos años de largo trabajo conjunto con todas las comunidades, en el Primer Encuentro de Directivas de ambas federaciones realizado en el mes de abril del año 2013, se terminaron de definir los temas de la agenda política:

1.      Seguridad jurídica  y territorio.

2.      Educación  bilingüe intercultural.

3.      Salud intercultural.

4.      Cuidado de los recursos naturales y ambiente.

5.      Consulta Previa.

6.      Mujer y liderazgo organizacional.


1)   Territorio y Seguridad Jurídica.



Los pueblos indígenas tenemos una relación especial con la tierra y los territorios que hemos habitado a lo largo del tiempo. Nuestro territorio es el espacio donde reproducimos nuestra cultura y ejercemos nuestros derechos. Las leyes peruanas y el derecho internacional nos reconocen el derecho a la propiedad comunal de nuestros territorios, otorgándonos autonomía organizacional, económica y jurisdiccional al interior de los mismos. (Constitución Política del Perú.  art.  89°, Convenio 169 de la OIT,  art. 13°  inciso  1  y 2 y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas: art. 24, 25º, 26º y 27º)

Nuestra principal demanda es lograr la seguridad jurídica de nuestros territorios. Es decir, la regularización de la propiedad comunal: los pueblos indígenas tenemos derecho al reconocimiento legal como comunidades nativas y a la titulación de nuestros territorios, para esto, el Estado tiene la obligación de adoptar la legislación pertinente, crear procedimientos adecuados y establecer mecanismos institucionales necesarios y eficientes para lograr que los pueblos indígenas podamos hacer uso de nuestros territorios, disponer de ellas e incluso recuperarlas en caso de haberlas perdido o abandonado. El Estado también debe proteger a las comunidades contra terceros (colonos, empresas, etc.) que deseen ingresar a nuestras tierras sin Consulta Previa.

Las comunidades consideramos que los sub temas a priorizar son el reconocimiento, linderamiento (georeferenciación, demarcación), titulación y ampliación de nuestros territorio. Para lo cual planteamos las  siguientes propuestas:
-          Exigir la implementación de una política nacional sobre titulación y ampliación de las comunidades campesinas y nativas, aplicable a todos los gobiernos regionales.
-          Promover la creación de una mesa de trabajo regional sobre titulación, que cuente con la participación de las entidades con competencia en esta materia, tanto del gobierno local, como del gobierno regional.
-          Exigir el desarrollo de un marco jurídico de la propiedad comunal que se ajuste a los estándares del derecho internacional.
-          Promover y fortalecer la organización y funcionamiento efectivo de la institucionalidad regional, responsable de la titulación y ampliación de los territorios de las comunidades indígenas.
-          Exigir la implementación a nivel de recursos humanos y económicos de la oficina responsable de la titulación de los territorios de las comunidades indígenas adscrita al gobierno regional.
-          Exigir al Estado la realización de procesos de Consulta Previa antes de otorgar algún derecho (minero, petrolero, forestal entre otros) o publicar leyes, cuando estos afecten los territorios u otros derechos colectivos de los pueblos indígenas.
-          Exigir al gobierno regional adecuar sus procesos de Ordenamiento Territorial (OT) y Zonificación Económica Ecológica (ZEE) a estándares de participación y Consulta Previa de las comunidades indígenas.


2)        Educación Bilingüe Intercultural.

El derecho a la educación se fundamenta en la necesidad de la persona humana de adquirir un desarrollo integral, tanto físico, intelectual y espiritual, a través de la adquisición de conocimientos y habilidades; sin distinción alguna por razón de raza, sexo, edad, lengua o condición económica.

En el caso de los pueblos indígenas nuestro derecho es contar con una educación intercultural bilingüe (EIB), atendiendo las particularidades de cada zona y buscando preservar las diversas manifestaciones culturales y lingüísticas del país. (Constitución Política del Perú art. 17°, Ley para la Educación Intercultural Bilingüe - Ley N° 27818, Ley Fomento de Educación de las Niñas y Adolescentes Rurales – Perú - Ley N° 27558 y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, arts. 14° y 15°)

El Estado por lo tanto tiene la obligación de fomentar la Educación Bilingüe Intercultural en todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional.
-          Promover campañas conjuntas en el gobierno local, regional y nacional, para informar a las comunidades de los distritos Torres Causana y Napo sobre los programas de EBI.
-          Exigir la elaboración participativa de una currícula de EBI pertinente a la realidad de los pueblos indígenas.
-          Exigir y promover que ORMABIMEN, PEBIAN y otros programas educativos regionales articulen su trabajo con las federaciones indígenas.
-          Exigir y promover que las autoridades realicen una adecuada fiscalización y acompañamiento en coordinación con las organizaciones indígenas acerca de las labores de los docentes y que las denuncias presentadas por las autoridades comunales sean atiendas.
-          Fortalecer a las APAFAs (Asociación de Padres de Familia), al Consejo Educativo Institucional (CONEI), al Consejo de Alimentación Escolar (CAE), al  Comité de Vigilancia Comunal (CVC), al Consejo Participativo Local en Educación (COPALE) para garantizar una educación de calidad.
-          Promover la incorporación oficial del Programa FORMABIAP ante el Ministerio de Educación.
-          Exigir y promover la apertura de instituciones  educativas bilingües y crear mecanismos de evaluación y contratación de maestros bilingües indígenas.
-          Fomentar la implementación de becas y más oportunidades para formar docentes y profesionales de otras carreras afines para nuestros jóvenes Kichwas y Murui Muinane de los distritos Torres Causana y Napo.
-          Exigir un fondo económico a nivel local, regional y nacional para la dotación de materiales educativos.
-          Promover espacios de capacitación permanente a los docentes de EBI de los distritos de Torres  Causana y Napo.
-          Gestionar la implementación de la Gerencia de Asuntos Indígenas en los gobiernos locales de Torres Causana y Napo y en la Sub Región de la cuenca del Napo.
-          Elegir coordinador y especialistas y proponer su ingreso a la Dirección Regional de Educación Loreto (DREL), Unidades de Gestión Educativa Rural (UGEL),  Dirección General de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural (DIGEIBIR) y para  la Red Educativa Rural del Napo (RER NAPO).


3)        Salud Intercultural.
El derecho a la salud se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la vida, nuestra Constitución Política garantiza a toda persona la protección de su salud, la del ambiente familiar y de la comunidad, así como el deber del Estado de contribuir a su promoción y defensa.

En el caso de los pueblos indígenas se deben implementar políticas públicas que garanticen la salud con enfoque intercultural, tomando en cuenta la situación de desigualdad y las condiciones de salud integral que requerimos acorde con nuestros valores, idioma, cultura y cosmovisión, considerando nuestras necesidades particulares. (Constitución del Perú, art. 7°, Ley General de Salud del Perú  -  Ley 26842, artículo II, IV y V del  Título Preliminar,  Convenio 169 de la OIT, art. 24° y 25°, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales,  art. 12° y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, art. 24°)

En este proceso será importante el reconocimiento por parte del Estado de la medicina tradicional y de los agentes tradicionales de salud, como la “wawa yachikama warmi”(partera) y “yacharuna” (curandero), pero también la integración de la medicina tradicional con la occidental, respetando siempre la cultura de las poblaciones indígenas.

-          Exigir la creación de centros de salud equipados adecuadamente y con personal permanente.
-          Exigir y promover la creación de protocolos de atención médica con un enfoque intercultural, garantizando por ejemplo el parto vertical y la atención de las mujeres de acuerdo a sus costumbres.
-          Priorizar el desarrollo de proyectos para garantizar el acceso al agua potable y saneamiento básico de nuestras comunidades, como forma de prevenir las enfermedades diarreicas agudas.
-          Promover programas de aprendizaje e intercambio de conocimientos a los jóvenes y niños indígenas.
-          Promover la sistematización de los conocimientos ancestrales, medicina tradicional, plantas medicinales y su difusión en las comunidades y personal de salud.
-          Promover las “farmacias vivas”, para revalorar los conocimientos ancestrales en la población indígena.
-          Desarrollar proyectos de cultivo y venta de plantas medicinales.

4)        Cuidado de los recursos naturales y ambiente
El reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas sobre los recursos naturales está íntimamente relacionado con el derecho sobre la tierra y el territorio. Los pueblos indígenas tenemos derecho a los recursos naturales pertenecientes a nuestras tierras (madera, los peces, el agua, etc.) a su utilización, administración y conservación, así como el respeto a nuestros sitios sagrados y culturales (colpas y cochas vírgenes).

Es obligación del Estado garantizar el respeto de estos derechos, para lo cual debe cumplir con consultarnos previamente cada vez que se emitan medidas administrativas o legislativas que puedan afectarnos, como por ejemplo el otorgamiento de concesiones para la extracción de algún recurso que afecte nuestro territorio u otro derecho colectivo; además tenemos el derecho a participar en los beneficios resultantes de la explotación de los recursos y a percibir una indemnización por los daños que puedan surgir como consecuencia de dicha explotación. (Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, Arts. 9° y 43°, Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas)

-          Fortalecer la institucionalidad responsable de la problemática ambiental a nivel local, regional y nacional.
-          Exigir al estado implementar procesos de Consulta Previa y participación  que permita prevenir conflictos y afectación al ambiente sano y equilibrado.
-          Exigir al gobierno regional la realización de estudios ambientales participativos y transparentes en la cuenca del río Napo a fin de conocer la situación de contaminación tanto en el agua, plantas y personas.
-          Implementar políticas de OT y ZEE  que permitan una adecuada gestión del territorio y su conservación.
-          Exigir la implementación de una adecuada política frente al Cambio Climático y sus implicancias en la Amazonía peruana.
-          Adoptar las medidas programáticas y normativas necesarias para evaluar la vulnerabilidad de los pueblos indígenas ante el cambio climático y tomar las medidas específicas para gestionar los riesgos asociados, en cooperación con los pueblos indígenas.
-          Trabajar y promover con los gobiernos regionales y locales proyectos productivos para el “Buen Vivir” desde la cultura napuruna.

5)        Consulta Previa.

Es el derecho que tenemos los pueblos indígenas a ser consultados con anticipación, libremente y con la información necesaria cada vez que se quiera hacer leyes, reglamentos, y proyectos que nos afecten.

Este derecho está reconocido en el Convenio 169 de la OIT y es norma vigente en el Perú desde 1995. A nivel nacional está recogido en la Ley del Derecho a la Consulta Previa  -Ley Nº 29785 y en su Reglamento el D.S. N°001 – 2012 – MC.


-          Exigir la realización de procesos de Consulta en todas las etapas de todos los proyectos que puedan afectar los derechos o territorio de los pueblos indígenas, especialmente para la realización de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) de acuerdo a la normativa internacional.
-          Exigir la realización de procesos de Consulta Previa para la definición de políticas y planes sectoriales, que puedan afectar derechos de los pueblos indígenas. Especialmente en el sector educación, salud, desarrollo, etc.
-          Exigir la elaboración de procedimientos que permitan la Consulta Previa efectiva ante medidas legislativas que puedan afectar derechos de los pueblos indígenas.
-          Promover campañas sobre el tema de Consulta Previa y sus procesos para que todas las comunidades estén informadas.
-          Promover la capacitación de funcionarios públicos sobre el derecho a la  Consulta Previa y otros derechos colectivos de los pueblos indígenas.
-          Incluir en la Base de Datos Oficiales de los pueblos indígenas todos los pueblos que cumplen con los criterios del Artículo 1° del Convenio 169 de la OIT.


6)        Mujer y liderazgo organizacional.

Dentro de la tradición indígena, las mujeres en particular han sido las transmisoras de la cultura, con un rol de educadoras y garantes de fortalecer la identidad indígena, también son reconocidas por ser las principales gestoras del desarrollo sostenible en los territorios indígenas, así mismo y sin lugar a dudas, las mujeres indígenas han tenido un rol activo en la lucha por la defensa de sus tierras y su cultura, incluso han liderado movimientos de resistencia, también son las que generan procesos de vigilancia social en materia de educación, salud y  recursos naturales. (Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres - Ley N° 28983 y el Plan Nacional de Igualdad de Género).

En conclusión, la mujer  indígena realiza diversos roles dentro de la comunidad, como el rol reproductivo, rol en la conservación,  el rol sanador y el rol en la trasmisión de la cultura, por lo que su participación es de suma relevancia para lograr un desarrollo integral.


-          Fortalecer la representatividad y participación política de las mujeres indígenas en los espacios de toma de decisión comunal, local, regional y nacional.
-          Fortalecer la institucionalidad de la mujer indígena en las organizaciones y comunidades.
-          Definir al interior de las organizaciones indígenas políticas claras de participación equitativa  y cualitativa de las mujeres.
-          Equidad en el ejercicio de los cargos públicos del varón y la mujer.
-          Promover el desarrollo de sus capacidades, en todos los espacios.
-          Rechazar cualquier forma de violencia contra la mujer y exigir sanción a los responsables.
-          Promover la preparación de nuevas generaciones de líderes y lideresas que fortalezcan a la organización indígena.
-          Promover dinámicas para el flujo de información veraz y de calidad que permita la toma de decisiones informadas.


“Shuk yuyaylla, shuk shunkulla, shuk shimilla, shuk makilla, kasna kawsana”

AGENDA INDÍGENA POLÍTICA COMPARTIDA DE LOS DISTRITOS TORRES CAUSANA Y NAPO

Elaborado por:

Junta Directiva de la Federación de la Federación de Comunidades Nativas del Medio Napo, Curaray y Arabela - FECONAMNCUA (2015-2017)

·         Richard Rubio Condo (Presidente)

·         Betty Rubio Padilla (Vice presidenta)

·         Edmundo Panduro Coquinche (Secretario)

·         Consuelo Pérez Siquihua  (Tesorera)

·         Samuel Vigay Vigay (Fiscal)

·         Neil Jipa Siquihua (Vocal)


Junta Directiva de la Organización Kichwaruna Wankurina del Alto Napo – ORKIWAN (2014 – 2015)

·         Querven  Noteno Oraco (Presidente)

·         Edwin Justo Noteno Oraco (Vicepresidente)

·         Julio Damián Canelos Siquihua (Secretario de Actas y Archivo)

·         Mery Papa Licuy (Lideresa Mujer Indígena)  

·         Hermógeno Estrella Panduro (Tesorero)

·         Oswaldo Noteno Coquinche (Consejero)       


Con el apoyo de:

Parroquia Nuestra Señora de la Asunción – Santa Clotilde - Río Napo

Vicariato Apostólico San José del Amazonas

Comisión Episcopal de Acción social - CEAS


Enero del 2015

Lima - Perú

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