martes, 31 de julio de 2018

TUNDAYME - "Que ECSA se abstenga de realizar acciones intimidatorias"


CASO TUNDAYME – JUEZ ACEPTA MEDIDAS CAUTELARES A FAVOR DE POBLADORES DE CASCOMI


Por Roberto Carrasco, OMI
para REPAM, 31/07/2018


Casi a tres años de los desalojos forzosos que vivieron los pobladores de la Comunidad Indígena de CASCOMI, en la parroquia de Tundayme, provincia de Zamora Chinchipe,  en octubre del 2015; se han seguido a ello una sumidilla de situaciones que hacen que los afectados por el desalojo sigan con las heridas abiertas y todavía sin poder descansar de los traumas vividos en esas días de desalojo.

Como recordamos, en la última información publicada por la RED AMAZÓNICA de fecha 18 de julio del 2018, se señalaba que: “estas últimas semanas, Rosa Elvira Sánchez Segarra y Mariano Mashendo, han sido asediados y presionados, lo que perfila nuevos desalojos. Por ello, este miércoles 18 de julio de 2018 Gabriela Flores Villacís, asesora legal de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos –INREDH y Francis Andrade Navarrete, asesora legal de la Red Eclesial Panamazónica en representación de la COMUNIDAD AMAZÓNICA DE ACCIÓN SOCIAL CORDILLERA DEL CONDOR MIRADOR han presentado un incidente de medidas cautelares, afín a la acción de protección presentada a favor de la comunidad a inicios del 2018”.

Con fecha 31 de julio, el juez de la Unidad Judicial de Trabajo de Quito, el Dr. Carlos Dávila Ortega, ha aceptado las medidas cautelares presentadas por la comunidad CASCOMI, en estos términos: “ordeno que de forma inmediata la empresa ECSA se abstenga de realizar acciones intimidatorias en contra de los miembros de la comunidad; adicionalmente que las instituciones estatales demandadas en la acción de protección presentadas por CASCOMI, suspendan cualquier acto de desalojo previsto en la denominada comunidad hasta la realización de la Audiencia y su consecuente resolución”.

Por consiguiente, queda claro que la providencia judicial ordenada por el juez, con fecha 31 de julio del 2018, tendría que ser acatada por las diversas instituciones del Estado y la empresa minera.







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